- ESTANCIA POR ESTUDIOS INICIALES: Se debe realizar durante los primeros 60 días de haber ingresado a España o bien realizarlo desde tu país de origen.
- RENOVACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS: Prórroga de estancia por estudios, que se realiza cuando se vence el visado inicial y aún no se han culminado los estudios.
- RESIDENCIA PARA BÚSQUEDA DE EMPLEO: Extranjeros que hayan sido titulares de una previa autorización de estancia por estudios y que hayan finalizado los estudios en una institución de educación superior autorizada en España.
- RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS: Habilita a residir en España y a participar en un programa de prácticas mediante la firma de un convenio de prácticas o contrato de trabajo en prácticas con el fin de mejorar los conocimientos, la práctica y la experiencia en un entorno profesional.